20/5/07

SOLIDARIDAD CON VIOLANTE Y PEDRO, UNA PAREJA DE HUERTANOS ANCIANOS

Violante

Pedro

Su casa huertana.

La avenida que se le viene encima.

Noticia aparecida en La Opinión de Murcia.

REPORTAJE FOTOGRÁFICO DE LA CASA DONDE VIVEN PEDRO Y VIOLANTE
Solidarizándonos con Pedro Y Violante

Una veintena de personas estuvimos el sábado 19 por la mañana compartiendo un ratico con esta pareja de viejos huertanos y solidarizándonos con ellos. A continuación aparece la carta que enviaron al alcalde de Murcia para pedir un realojo digno y no traumático.


Una pareja de ancianos tendrá que abandonar la casa en la que han vivido durante 50 años para dar paso a la ampliación de la avenida Miguel Indurain junto al Olimpic Club de Cabezo de Torres
LOLA LÓPEZ/MURCIA

Sin su casa de toda la vida, después de medio siglo largo de esfuerzos y sacrificios. Violante y su marido Pedro nunca pensaron que, después de haberse acostado y de haber despertado durante 56 años en la misma vivienda, amanecería el día en que todo su mundo se vendría abajo. La ampliación de la avenida Miguel Indurain pasa justo por encima de su casa y por eso, como asegura Pedro, «nos dejan en la calle».
Violante Pardo tiene 84 años y su marido Pedro 87. Después de residir por más de 50 años en el número 163 de la Senda de Granada junto al Olimpic Club, en Cabezo de Torres, tendrán que cambiar sus 300 metros cuadrados, sus madrugones para salir al bancal y cuidar sus plantas, el paseo por los carriles de la huerta y el cuidado de sus animales por un piso de 90 metros que el Ayuntamiento ofrece a cambio de su casa de toda la vida.
Desde que nació Violante vive en la zona. Sus abuelos fueron los primeros propietarios, que «se hicieron de unos duros y pudieron comprar el terreno al amo», y con el paso de los años fueron cediendo parte del mismo a sus hijos y nietos. Así, cuando Pedro y Violante se casaron se hicieron con una parcela de aproximadamente 300 metros cuadrados, en la que levantaron una casa «típica de la huerta, con su bancal, su patio y las cuadras para criar pollos, conejos e incluso una pareja de marranicos». Pero lo que parecía ser un final feliz de sus días se ha convertido en todo un calvario. Debido a que su casa se encuentra en terrenos sujetos a un plan parcial de urbanismo, esta pareja de octogenarios recibirá «poco más de 23 millones de las antiguas pesetas por todo el solar y la casa y los llevarán a vivir a un sitio que no les traerá más que sufrimiento, porque les van a quitar lo poco que les ha hecho felices durante toda su vida: la huerta».
Así de contundente se mostraba el yerno de la pareja, Ricardo, que tras enterarse que sus suegros iban a ser expropiados está haciendo todo lo posible para que «no los lleven a una jaula como a los gorriones». Las reuniones con arquitectos del Consistorio, con abogados, la redacción de cartas al defensor del pueblo y otras tantas gestiones, han sido la constante desde que en junio de 2006 se les advirtió de la expropiación.
Según la familia, ni Pedro ni Violante quieren dinero, y mucho menos que les vendan una casa de renta libre como vivienda de protección oficial, «porque lo que ellos quieren es vivir en la huerta con sus vecinos y con todo lo que les ha hecho felices durante años». Pero si nada lo remedia en apenas unos días las cajas que llevan embalando desde hace ya varios días no tendrán otro rumbo que el camión de la mudanza.
No obstante la familia de estos «huertanos de toda la vida» espera que se ponga solución al problema y que Violante y Pedro dejen de vagar por su casa como almas en pena.


CARTA DE PETICIÓN AL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA
VIOLANTE PARDO LÓPEZ, con DNI 74 281 144 – E y domicilio a efectos de notificaciones referidas a este escrito, en Murcia, Calle Apóstoles 10, 1º B, en nombre propio y en el de su marido Pedro Camacho Valencia, comparece y
EXPONE
Que es afectada –junto con su esposo- por la expropiación realizada por ese Ayuntamiento para la construcción de la Avenida Miguel Indurain, exp. núm.: 4119GE05.
Que ha vivido siempre (84 años) –y desde que se casó con su marido (que tiene en la actualidad 87 años) también él, en las tierras que antes fueron de sus antepasados y que ahora le expropian- siguiendo los usos y costumbres de la Huerta de Murcia, criando conejos, gallinas, etc, y cultivando aquellas para autoconsumo. Es decir, se sienten, se definen y viven como unos “huertanos”.
Que no cabe la menor duda de que desde el punto de vista de la Antropología Social y Cultural, de la Etnología y de la Etnografía –por no decir “de todo el mundo”- los “huertanos” de la Huerta de Murcia –que todavía quedan “a pesar de los pesares”- forman un grupo social, un pueblo, perfectamente definido, identificado e incluso festejado, como lo es en el Bando de la Huerta. Y , en este sentido, queremos llamar la atención sobre el artículo 19 de la Sección VI, sobre los Derechos de las minorías, de la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos de 4 de julio de 1976, que viene a decir: “Cuando, en el seno de un Estado, un pueblo es una minoría, tiene derecho a que se respeten su identidad, sus tradiciones, su lengua y su patrimonio cultural”.
Que por ese motivo no pueden aceptar lo que con el nombre de “realojo” les ofrece el Ayuntamiento, y que consiste en la compra de un piso de 70 m2 , ya que esto supondría un cambio radical e injusto en su manera de vivir, y de él se derivaría la imposibilidad de seguir cuidando de sus animales, cultivando el huerto, etc.
Que son pensionistas de escasos recursos económicos. Siendo su único patrimonio la parcela y la casa objeto de esta expropiación. Así mismo, manifiestan que no se oponen al progreso pero entienden que hay soluciones para que tanto el interés general como el particular queden satisfechos sin tener que sacrificar el uno por el otro.
Que con el dinero que les dan por la expropiación y según indagaciones realizadas en los alrededores en cuanto al precio del terreno y viviendas en planta baja, les resulta imposible comprar o construir algo parecido a lo que poseen. Cuestión que, por otra parte, no se ajusta a la Ley de Expropiación Forzosa 6/1998, que en su artículo 31 introduce un factor esencial a las reglas de valoración: “el coste de reposición” de los bienes expropiados. Como tampoco se ajusta con lo que reconoce la Constitución Española en su artículo 33 al señalar: “Nadie podrá ser privado se sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto en las leyes.” Nos interesa resaltar el significado del término indemnización, cuyo sentido es el de dejar sin daño alguno el patrimonio del propietario afectado por la expropiación. Coincidiendo con el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua que define “indemne” como: “Que no ha recibido daño o perjuicio”.
Que lo que se les expropia no es un bien cualquiera sino su vivienda habitual siendo un bien de primera necesidad, que como tal viene reconocido en la Constitución en su artículo 47, señalando además que los poderes públicos deberán promover las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho.
Que en el mes de junio de 2006 se pusieron en contacto con ese Ayuntamiento a través de Ángel Lajarín –arquitecto de la Gerencia de Urbanismo- para solicitar que en vez de dinero les permutaran su parcela y su casa por la casa de una vecina que había fallecido y estaba en venta, siendo ambas de similares características. Recibiendo una rotunda negativa por respuesta.
Que por estos hechos y no estando de acuerdo con la tasación que se hizo de sus bienes y otros aspectos de la expropiación presentó Recurso de Reposición el 19 de junio de 2006. Y al no haber sido contestado éste y en el plazo estipulado por las leyes interpuso Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado competente.
Que, como todo el mundo sabe, la duración de un proceso Contencioso-Administrativo es larga, y que debido a su avanzada edad el tiempo juega en su contra, pudiendo ser de hecho esta expropiación una condena al destierro, probablemente de por vida.
Que como consecuencia de todas estas amenazas a su integridad patrimonial y a su “forma de vida”, su salud se ha visto deteriorada peligrosamente en los últimos meses –y sobre todo en los últimos días debido a la intimidatoria cercanía de las máquinas y a la inminencia del desalojo-, según atestiguan los documentos e informes médicos que se adjuntan.
Que no pretenden ni entienden de “revalorizaciones”, “aprovechamientos urbanísticos”, ni “enriquecimientos espectaculares” que por otro lado de poco les valdría a su edad. Lo único que quieren es poder terminar sus días –ya que no pueden en su casa- en una de similares características y lo más cerca posibles de la misma; en su entorno, y rodeados de los que han sido y son amigos y vecinos.
Que han sufrido muchas tribulaciones durante la Guerra Civil –su marido fue combatiente- y en la durísima posguerra. Padecido hambre y calamidades. Trabajado muy duro para levantar una Sociedad hundida y arruinada por la guerra. Y ahora no entienden cómo, al final de sus vidas, esa misma Sociedad –encarnada en el Alcalde de Murcia- les puede pagar así: con una expropiación injusta, la indiferencia y el desprecio de su condición de “huertanos”. Abocándolos a una situación de absoluta indefensión.
Por todo lo anteriormente expuesto, en aplicación del artículo 29 de la Constitución Española, regulado por la Ley Orgánica 4/2001 de 12 de noviembre, y ejerciendo el derecho fundamental que según aquella me asiste, es mi voluntad realizar la siguiente
PETICIÓN
Que así como –usando los medios técnicos y humanos que posee el Ayuntamiento, y ejerciendo el Poder Ejecutivo que ostenta- les han expropiado y privado de su vivienda habitual, mientras se resuelven los recursos interpuestos y antes de proceder a su desalojo, haga el Ayuntamiento uso de esos mismos medios y Poder y les proporcionen una vivienda similar a la que se les expropia y en el mismo entorno, de manera que no sufran desarraigo y puedan seguir viviendo como hasta ahora lo han hecho, como unos “huertanos”, con sus animales y enseres.
Ruego, así mismo, dado la urgencia con que se están precipitando los acontecimientos, se tramite esta petición en el menor tiempo posible; cumpliendo como máximo los plazos establecidos en la citada Ley Orgánica 4/2001 en sus artículos 6.2, 7.2,9.1 y 11.1.
Murcia, a 8 de mayo de 2007
Fdo.: Violante Pardo López

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Que lástima! El capitalismo salvaje no va dejar títere con cabeza.
Tú puedes ser el próximo.
En cada barrio: REVOLUCION.

Anónimo dijo...

No a las carreteras salvajes.
Que echen las calles de murcia por enmedio del campo de cartagena. Revolucion YA.

Antitaurinos Cartagena dijo...

Dios, que fuerte, no se como este capitalismo puede llegar a tanto, esto ya es demasiado, hay que actuar cuanto antes.....Mi mas sincero a poyo a estos dos ancianos.

Anónimo dijo...

¿Por que no se denuncia esto a amnistia internacional? por que entiendo que si a estos dos ancianos les quitan el lugar donde tienen su vida, donde han vivido su vida, le quitan la vida, ¿y no es eso una flagrante violacion del derecho a la vida de las personas? ¿no es una tortura para ellos?
Se ve que para estos politicos y sus esbirros empresarios (o al reves) la gente normal no somos mas que mierda y basura para servir a sus intereses cuando quieren llenar bien sus bolsillos y que pueden pisotearnos cuando les plazca.
¿hasta cuando seguir aguantando?